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21/04/2019 - Elecciones

Habilitan plataforma online para inscripción de candidatos

La Junta Electoral Provincial habilitó una plataforma on line para inscribir los candidatos de los diferentes partidos y frentes que participarán en las elecciones del 9 de junio

 La Junta Electoral Provincial, integrada por los doctores Daniel Posse, Edmundo Jiménez y Washington Navarro, habilitó el Sistema de Gestión Electoral para que los frentes y partidos políticos puedan inscribir a sus candidatos on line a través de la página web de la JEP www.electoraltucuman.gov.ar . Los apoderados deberán ingresar a la página e ir a Servicios en Línea para ingresar luego en el link Partidos Políticos. Cabe recordar que el usuario para ingresar al SIGEL debe usar el email institucional que cada organización declaró en la JEP, precisamente en ese email el sistema irá indicando el modo de ingreso y la clave de 6 dígitos que deberán ingresar para acceder por primera vez al sistema.

Tras ingresar sorteando las condiciones de seguridad que están detalladas en el instructivo que aparece en la página de la JEP, los apoderados podrán comunicar oficialmente on line las listas de candidatos que proponen para los diversos cargos electivos en cada sección electoral. El 9 de junio se elegirán gobernador y vice gobernador, legisladores, intendentes, concejales y comisionados comunales.

La página indica claramente a qué cargo se postula cada candidato, de qué elección se trata, cuántos cargos titulares y cuántos suplentes se deben ingresar, si se trata de un partido o un acople a otro partido, cuántos candidatos en la lista ya se encuentran cargados en el sistema e indica cuando la lista está completa. Además cruza automáticamente los nombres y documentos de los candidatos con las condiciones que requiere la legislación vigente para poder acceder a esas candidaturas. Si se incumple alguna, el mismo sistema rechaza el nombre y no permite avanzar en la inclusión de ese candidato en la categoría que se postula por lo que tendrá que cambiarlo.  También verifica que se cumpla el cupo femenino por lo que cada dos varones debe incluirse una mujer, de lo contrario deberá cambiarse el orden porque el sistema impedirá la inclusión cuando se incumpla el cupo.

El sistema permitirá además ir imprimiendo el listado a medida de que se lo vaya cargando y en cada oportunidad aparecerá con la inscripción “provisorio” hasta que se complete correctamente todos los candidatos. Cuando el apoderado considera que está completa la lista para algún cargo y no hay ninguna observación del sistema, puede enviar la lista, que quedará registrada y ya no podrá modificarla.

Aceptación y declaración jurada

A continuación la página le indicará que debe imprimir los formularios de “Aceptación del cargo” y la “Declaración jurada”. La primera deberá ser llenada y firmada por cada candidato aceptando su postulación al cargo propuesto por cada partido político.

La Declaración Jurada deberá ser refrendadada por cada candidato tras afirmar que “no estoy comprendido en ninguna de las causales de inhabilitación para ser candidato a cargos públicos electivos establecidos en las leyes provinciales N° 7876 art.3; N° 5454 art. 53; CNE Ley 19.945 art. 3; Ley N° 23.298 art. 3 incs. f y g -Delitos de Lesa Humanidad-, y toda otra ley de orden electoral”. También manifiesta que “no me encuentro inscripto en el Registro Nacional de Reincidencia, ni en el Registro de Deudores Alimentarios Ley N° 7.104, para que así conste a los efectos pertinentes”.

Cierre

El sistema calificará de tres maneras las listas de candidatos según su estado al momento del cierre del plazo para inscribir candidatos. Se clasificará como “Enviada” en caso de que la lista esté completa y sus candidatos sin ninguna observación respecto a los requisitos que deben cumplir; “Observada”, si los candidatos al cargo (el cargo debe tener registrado todos sus candidatos), tengan pendiente el cumplimiento de algún requisito que pueda ser solucionado mediante alguna documentación, la que deberá presentarse adjunto al reporte de candidatos del partido; o bien “Anulada” si no se registró la totalidad de candidatos requeridos por el cargo o ningún candidato, como así tampoco, acople en el cargo a los candidatos de otro partido. 

Reporte

Al finalizar la operación completa de candidatos, el apoderado de cada partido o frente deberá imprimir el reporte completo de los candidatos y adjuntar las aceptaciones de los cargos y las declaraciones juradas debidamente llenadas y firmadas y presentarlas en la Junta Electoral.

Las listas deberán ser completadas y enviadas hasta las 20 horas del día 6 de mayo próximo, fecha en que vence el plazo para la presentación de las listas que participarán en las elecciones del 9 de junio próximo. También a esa hora y fecha deberá estar presentada la documentación respaldatoria de las candidaturas en la sede de la JEP, Lamadrid 661.


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