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19/05/2015 - Opinión

Violado por la justicia sexista y clasista

Los jueces Horacio Piombo y Ramón Sal Llargués rebajaron la sanción al abusador Mario Tolosa porque la víctima de 6 años "estaba acostumbrado a tener sexo".Por María Edith Martín.

Crónica de cómo ignorar los derechos humanos más básicos en un solo fallo.

Señores jueces: Un niño o una niña, sin importar su anatomía, su orientación sexual, su identidad de género, el extracto social de donde provenga, el color de su piel o su religión, sigue siendo un niño o una niña, es decir una persona en crecimiento a quien DEBEMOS PROTEGER como sociedad toda. Y una persona de 6 años no puede brindar su consentimiento para una actividad sexual con un adulto.

Cualquier actitud, insinuación y mucho más si existe una violación como en este caso es SIEMPRE un abuso. Lean la Ley Nacional 25.763 Contra la explotación de niñas, niños, y adolescentes, que toma la declaración de los derechos del niño y la elevó a rango constitucional hace varios años.

Señores jueces: Aunque el niño manifiestara su orientación sexual homosexual y/o su identidad de género trans (lo cual puede o no manifestarse tan tempranamente), esto no revoca sus derechos de ser humano.

Al contrario, se han sancionado leyes específicamente destinadas a proteger de la discriminación y la violencia a esta población; discriminación y violencia simbólica que Uds. revalidan en papel y en entrevistas. Se ve que no se han enterado. Lean, entre otras cosas, la Ley Nacional N° 26.743 de identidad de género.

Por otro lado, si se tratara de una niña cis y de orientación heterosexual... tampoco podría ser abusada. Aunque para Uds. parece que sí, por el fallo de 2011 donde reducen la pena a un pastor porque las víctimas "viven en comunidades en las que el nivel social acepta relaciones a edades muy bajas".

Tal vez Uds. crean que por el simple hecho ser mujeres debamos aceptar los avances sexuales de los varones, los querramos o no. Lean entonces la Ley Nacional Nº 24.632 que toma el texto de la Convención de Belén do Pará (Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer), y la Ley Nacional Nº 26.485. O tal vez crean que por ser pobres pueden ser abusadas. Cualquiera de las dos razones son inmorales e ilegales, Sres. Jueces.

Por último, el haber sido ya abusado o abusada no implica que los abusos posteriores no sean igual de agravados y ultrajantes o inclusive aún más graves y más ultrajantes, por las consecuencias físicas, psíquicas, emocionales y espirituales que trae el abuso reiterado. La víctima NO ES LA CULPABLE del delito, sino el victimario, quien delinque.

La función de la justicia es garantizar el respeto de los derechos de todxs. Y uno de los derechos humanos fundamentales, personalísimo, es el derecho a la integridad física, psíquica y moral. Les recomiendo leer desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 en adelante. Parece que les hace falta.

Y por si no entienden las leyes, guíense por esta frase "Mi cuerpo es mío y nadie lo toca sin mi permiso. Y quien lo toque sin mi permiso será castigadx¨.... o por lo menos eso es lo que dicen las leyes.

Dra. Maria Edith Martín
Médica Pediatra - Sexóloga Clínica
www.sexologaedithmartin.com.arTwitter: @sex_dramemartin

Fb: Maria Edith Martín Sexóloga Clínica 

 


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