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07/05/2015 - Córdoba

AFIP desactivó una maniobra de defraudación fiscal por más de $ 40 millones

Un grupo de profesionales de importantes estudios contables y jurídicos generaban saldos a favor inexistentes, y su cómputo improcedente contra las obligaciones fiscales a pagar. Se realizaron 25 allanamientos. Unos de los contribuyentes presentó ante los inspectores un comprobante bancario falso, por el impuesto debido, ya que el pago no se encuentra registrado en los sistemas de AFIP y el empleado bancario que figura en los sellos incorporados en dichos comprobantes no existe.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) desactivó una maniobra de defraudación fiscal por más de 40 millones de pesos llevada a cabo por profesionales de importantes estudios jurídicos y contables de la provincia de Córdoba.

A partir de la denuncia de la AFIP, el Juez Federal de Villa María, Dr. Roque Ramón Rebak, ordenó la realización de 25 allanamientos principalmente en las ciudades de Córdoba, Villa María, General Deheza, Almafuerte, Las Perdices, Las Bajadas y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La maniobra consistía en la generación de saldos a favor inexistentes y su cómputo improcedente contra las obligaciones fiscales a pagar.

Los saldos improcedentes se generan en Declaraciones Juradas rectificativas, tanto de IVA como de Ganancias, en las cuales computan retenciones ficticias, ya sea porque las CUIT no se corresponden con los agentes de retención, o bien porque éstos no poseen informada la retención practicada o no poseen relación económica alguna con las firmas involucradas.

Cabe recordar que existen dos tipos de sujetos involucrados en cada operación denominada de “retención”:

Los contribuyentes que son agentes de retención, quienes al momento de pagar una compra, retienen un porcentaje del pago por el impuesto contenido en la operación. Ese monto se ingresa a la AFIP y se informa al organismo a quién se le retuvo y por cuánto.

Por su parte los agentes retenidos son a quienes el agente de retención le retuvo una parte del pago como adelanto de su impuesto y que como consecuencia, al hacer su Declaración Jurada se descuenta ese monto como un importe ya ingresado.

En este caso en particular la retención y el agente de retención no existieron y el retenido simuló el supuesto pago falseando así el monto a pagar de su Declaración Jurada.

Por ello el delito que configura este tipo de estafa se denomina “Simulación Dolosa de Pago” y la Ley Penal Tributaria prevé penas de hasta 6 años de prisión.

En uno de los casos, se detectó a un contribuyente que presentó ante los inspectores un comprobante bancario falso, por el impuesto debido, ya que el pago no se encuentra registrado en los sistemas de AFIP y el empleado bancario que figura en los sellos incorporados en dichos comprobantes no existe.

Como resultado de los allanamientos, se secuestraron importantes elementos probatorios que acreditan la maniobra investigada, tanto en soporte papel como informático.

En uno de los estudios contables allanados se tuvo acceso a un listado de contribuyentes involucrados en la maniobra con el detalle de la Clave Fiscal de cada uno de ellos, lo que permitirá profundizar la investigación. También se detectaron elementos que hacen presumir la existencia de una “usina de facturas apócrifas” y correos electrónicos mediante los cuales se "coordina" la modificación del domicilio fiscal a extraña jurisdicción para eludir los controles.

La AFIP está intimando las obligaciones compensadas ilícitamente, que superan hasta el momento los 40 millones de pesos, como así también a la aplicación de las sanciones correspondientes. 

 


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