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09/12/2014 - País

Ejes del nuevo Código Procesal Penal

Con el nuevo sistema acusatorio que reemplazará al inquisitivo en el Código Procesal Penal, los fiscales quedarán a cargo de la investigación y la recolección de pruebas –que hoy realizan los jueces- y podrán elegir qué causas investigar y cuáles desestimar.

Una vez ingresado el caso al sistema penal, el fiscal tendrá un máximo 15 días para tomar una decisión. Entre las opciones que tiene, puede continuar con la causa formalizando la investigación, pero también puede desestimar el caso, archivarlo o aplicar criterio de oportunidad.

Además, las causas deberán durar como máximo tres años y la investigación fiscal previa, un año, aunque se incorpora la herramienta del juicio directo, donde no se necesita un año para investigar, en caso de que el fiscal tenga los elementos para llevar la causa directamente.

El texto original otorgaba amplias facultades a la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, como la de reasignar causas a los fiscales de manera discrecional a partir de la entrada en vigencia del nuevo código.

Pero esta atribución fue morigerada de modo que “las causas que ingresen con posterioridad a la puesta en funcionamiento de los nuevos órganos serán asignadas por sorteo entre todos los órganos del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa ante cada Cámara”.

El proyecto también establece sanciones si los jueces demoran los casos –por ejemplo, someterse a un jury de enjuiciamiento-, aunque las causas no prescriben.

Por otra parte, se le dará más participación de las víctimas en los procesos aunque no sean querellantes: son protegidas, pueden intervenir en el proceso y pueden seguir con una acción privada si el fiscal desiste en la investigación.

Todo el proceso será oral y, para decidir si se dicta la prisión preventiva, se eliminó el criterio de “conmoción social”, que estaba contemplado en el texto original.

Otro de los cambios dispuestos en la Cámara alta fue para atenuar las causales de expulsión de extranjeros, que se podrá realizar cuando sean sorprendidos delinquiendo “in fraganti”, si el delito tiene una pena mínima de tres años y si se afecta la unidad familiar.

La implementación del juicio por jurados, un instituto que ya funciona en algunas provincias, quedará librada a una ley especial.

El nuevo Código Procesal Penal crea además, en el ámbito del Congreso Nacional, una comisión bicameral ad hoc, integrada por representantes de todos los partidos políticos, que estará encargada de monitorear la aplicación de la reforma. 

 


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