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02/07/2015 - Histórcio

La Asamblea de la UNT garantizó la estabilidad docente

Los profesores podrán permanecer en sus cargos mediante evaluaciones periódicas. El debate continúa el 28 de julio, luego del receso invernal, donde deberán definir la metodología

 El miércoles en una nueva sesión de la Asamblea Universitaria que trabaja en la Reforma del Estatuto, los miembros del cuerpo avanzaron en el tratamiento del proyecto de carrera docente y aprobaron finalmente parte del artículo 85 donde garantizaron la permanencia en el cargo a los profesores regulares mediante evaluaciones periódicas.

El sistema fue consensuado entre los asambleístas luego de un intenso debate respecto de la metodología que debía utilizarse para determinar la permanencia en los cargos. “Los docentes ingresarán a su cargo mediante un concurso público y abierto y podrán permanecer en ellos rindiendo evaluaciones académicas periódicas sobre su desempeño”, dijo el Vicerrector José García.”Es un pedido que venía realizando el sector y hemos logrado arribar a un acuerdo y cumplir con esa necesidad”.

Sin embargo las discusiones deberán continuar luego del receso de invierno, cuando el cuerpo retome las sesiones plenarias el 28 de julio desde las 8 hs en el Centro Cultural Virla. En esa ocasión deberán decidir con que modalidad se aplicarán dichas evaluaciones y cada cuanto tiempo se realizarán. En la sesión de ayer se presentaron dos mociones que no obtuvieron en ningún caso la mayoría de votos necesarios para su aprobación (30 a 75). Por un lado hubo quienes propusieron que se consideren antecedentes, desempeño académico y la opinión de los estudiantes durante el último período en que fue designado el docente.

La otra moción estableció la necesidad de considerar también antecedentes y desempeño académico, aunque propone respetar los ítems del artículo 76 o 77 según corresponda. En esta última también será importante la opinión de los estudiantes respecto del desempeño del docente durante el último período en que fue designado.

El Artículo 76 determina las condiciones para ser designado Profesor Regular en las categorías de Profesor Titular, Profesor Asociado  o Profesor Adjunto. Para tal caso se requiere título universitario de grado, formación de posgrado, antecedentes docentes, científicos, y/o profesionales, y/o de extensión, conducta pública y universitaria dignas. La designación será efectuada por el Rector a propuesta de la Unidad Académica respectiva con el voto de los dos tercios del total de los miembros del Honorable Consejo Directivo, previo concurso público de antecedentes y oposición conforme a la reglamentación vigente.

A su vez el artículo 77 menciona que para ser designado Profesor Regular en las categorías de Profesor de Trabajos Prácticos y Profesor Auxiliar, se requerirá título universitario de grado y conducta pública y universitaria dignas. La designación será efectuada por el Decano a propuesta del Consejo Directivo que la aprobara con los dos tercios del total de sus miembros, previo concurso público de antecedentes y oposición, conforme a la reglamentación vigente


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